Uno de los principales motivos de ataque y deslegitimación de los controladores aéreos es la cuantía de su sueldo. Las preguntas que subyacen en el fondo de este debate son las siguientes: ¿Es justo que alguien cobre estas cantidades cuando la mayoría cobra muchísimo menos e incluso existen casi cinco millones de parados?, ¿quién decide lo que debe cobrar un trabajador o una empresa por entregarnos un bien determinado?
En anteriores entradas este tema ya lo he tratado y es un aspecto fundamental de la teoría económica. Ya los escolásticos de la Escuela de Salamanca trataban los salarios entendidos como un tema de justicia conmutativa. De esta forma, seguían el razonamiento planteado por Santo Tomás de Aquino en su Summa Teológica (I-II q. 114 art. 4) (1). Asimismo, afirmaban que el importe de los salarios debía considerarse de la misma forma que se considera el precio de los bienes que se intercambiaban en el mercado, el cual se obtenía por la estimación común siempre que no existiera fraude en el intercambio. Este planteamiento fue luego formalmente enunciado por Carl Menger mediante la llamada ley de utilidad marginal, que viene en esencia a decirnos que el valor de los bienes es algo subjetivo y depende de la satisfacción de una necesidad de un individuo concreto, disminuyendo a medida que se incrementa la cantidad de ese bien.
Por otra parte, tampoco debemos olvidar que la cuantía del salario debe respetar la dignidad del trabajador. Muchos pensarán que la única manera de cumplir con este principio es la fijación de un salario mínimo. Sin embargo, aunque pudiera resultar paradójico, la dignidad del trabajador se respeta de forma más perfecta cuando no abandonamos el respeto a la propia libertad de las partes, entendida ésta sobre todo por el respeto a la propiedad privada. Por último, no olvidemos que el valor de los salarios depende también, como decía Pío XI (2) de las “condiciones de la empresa”, que en lenguaje técnico deberíamos enunciarlo diciendo que el importe de los salario dependerá de la productividad marginal del trabajo.
Teniendo en cuenta todo lo anterior, no puede aceptarse que la mayoría de las personas consideren los salarios de un controlador aéreo desde un punto de vista de justicia distributiva, negando asimismo la fijación de los mismos por los elementos que hemos considerado. Solamente se atiende a la comparación con el salario medio de los trabajadores. El Gobierno ha explotado muy eficazmente este planteamiento emotivo, tildándolos de privilegiados, olvidando que no existe en este país nadie más privilegiado que la clase política como colectivo. Este planteamiento también podemos verlo en las televisiones. Es realmente curioso el diálogo que se establece al final de la entrevista a un controlador por parte de Susana Griso:
César Cabo (controlador): “yo creo que soy español, como el resto, y que tengo los mismos derechos”.
Susana Griso: “pero usted cobra mucho…por encima del resto, es consciente también de eso ¿no? en un momento de crisis son ustedes un sector privilegiado”.
Y digo que resulta curiosa la respuesta de la presentadora pues, como es sabido, en la actualidad su retribución en Antena 3 es de un millón de euros anuales, mucho más que la media que se dice cobraban los controladores aéreos. ¿Estaría Susana Griso dispuesta a aplicar a su sueldo el mismo criterio que exige a los controladores y, ya que estamos en un momento de crisis y también es una privilegiada, aceptaría una bajada significativa de sus retribuciones?¿Lo aceptaríamos cualquiera de nosotros?
En anteriores entradas este tema ya lo he tratado y es un aspecto fundamental de la teoría económica. Ya los escolásticos de la Escuela de Salamanca trataban los salarios entendidos como un tema de justicia conmutativa. De esta forma, seguían el razonamiento planteado por Santo Tomás de Aquino en su Summa Teológica (I-II q. 114 art. 4) (1). Asimismo, afirmaban que el importe de los salarios debía considerarse de la misma forma que se considera el precio de los bienes que se intercambiaban en el mercado, el cual se obtenía por la estimación común siempre que no existiera fraude en el intercambio. Este planteamiento fue luego formalmente enunciado por Carl Menger mediante la llamada ley de utilidad marginal, que viene en esencia a decirnos que el valor de los bienes es algo subjetivo y depende de la satisfacción de una necesidad de un individuo concreto, disminuyendo a medida que se incrementa la cantidad de ese bien.
Por otra parte, tampoco debemos olvidar que la cuantía del salario debe respetar la dignidad del trabajador. Muchos pensarán que la única manera de cumplir con este principio es la fijación de un salario mínimo. Sin embargo, aunque pudiera resultar paradójico, la dignidad del trabajador se respeta de forma más perfecta cuando no abandonamos el respeto a la propia libertad de las partes, entendida ésta sobre todo por el respeto a la propiedad privada. Por último, no olvidemos que el valor de los salarios depende también, como decía Pío XI (2) de las “condiciones de la empresa”, que en lenguaje técnico deberíamos enunciarlo diciendo que el importe de los salario dependerá de la productividad marginal del trabajo.
Teniendo en cuenta todo lo anterior, no puede aceptarse que la mayoría de las personas consideren los salarios de un controlador aéreo desde un punto de vista de justicia distributiva, negando asimismo la fijación de los mismos por los elementos que hemos considerado. Solamente se atiende a la comparación con el salario medio de los trabajadores. El Gobierno ha explotado muy eficazmente este planteamiento emotivo, tildándolos de privilegiados, olvidando que no existe en este país nadie más privilegiado que la clase política como colectivo. Este planteamiento también podemos verlo en las televisiones. Es realmente curioso el diálogo que se establece al final de la entrevista a un controlador por parte de Susana Griso:
César Cabo (controlador): “yo creo que soy español, como el resto, y que tengo los mismos derechos”.
Susana Griso: “pero usted cobra mucho…por encima del resto, es consciente también de eso ¿no? en un momento de crisis son ustedes un sector privilegiado”.
Y digo que resulta curiosa la respuesta de la presentadora pues, como es sabido, en la actualidad su retribución en Antena 3 es de un millón de euros anuales, mucho más que la media que se dice cobraban los controladores aéreos. ¿Estaría Susana Griso dispuesta a aplicar a su sueldo el mismo criterio que exige a los controladores y, ya que estamos en un momento de crisis y también es una privilegiada, aceptaría una bajada significativa de sus retribuciones?¿Lo aceptaríamos cualquiera de nosotros?
(1) “1. La retribución se debe a las obras, según aquello de Mt 20,8: Llama a los obreros y dales su salario (…) 2. El Apóstol dice en 1 Cor 3,8: Cada uno recibirá su recompensa según su propio trabajo.”
(2) Quadragesimo Anno, 72: “Para fijar la cuantía del salario deben tenerse en cuanta también las condiciones de la empresa y del empresario, pues sería injusto exigir unos salarios tan elevados que, sin la ruina propia y la consiguiente de todos los obreros, la empresa no podría soportar. No debe, sin embargo, reputarse como causa justa para disminuir a los obreros el salario el escaso rédito de la empresa cuando esto sea debido a incapacidad o abandono o a la despreocupación por el progreso técnico y económico.”
(2) Quadragesimo Anno, 72: “Para fijar la cuantía del salario deben tenerse en cuanta también las condiciones de la empresa y del empresario, pues sería injusto exigir unos salarios tan elevados que, sin la ruina propia y la consiguiente de todos los obreros, la empresa no podría soportar. No debe, sin embargo, reputarse como causa justa para disminuir a los obreros el salario el escaso rédito de la empresa cuando esto sea debido a incapacidad o abandono o a la despreocupación por el progreso técnico y económico.”
7 comentarios:
Hay una novela de Stephen King en la cual un piloto, pero tambien se puede aplicar a los controladores aereaos, dice: "Si nios pgana tnato es por los dos segundos en toda nuestra vida donde marcamos la diferencia".
Pues eso. Hace unos ańos un controlador aereo en Suiza se equivocó. No entraré en los detalles del porqué y de quien tenia realmente la culpa pero el resultado fué la muerte de todos los nińos de una poblacion de Rusia.
Yo creo que en la historia de los controladores el exceso ha sido por parte de ambos:
- Uno por actuar de esa manera con una huelga salvaje perdiendo toda la razón de lo que denuncian.
-El otro por militarizar y sobre todo, declarar el estado de alarma de forma innecesaria.
Aquí ya no creo que entre el tema de la excesiva retribución de los controladores aunque el artículo es acertado.
Pero es que estos controladores han conseguido ganar lo que ganan gracias a la extorsión permanente, así que el monto de sus ingresos es una parte del problema.
De todas formas la cuestión de fondo no se está abordando y es el derecho de huelga de asalariados que trabajando en empresas públicas o privadas en entornos sin competencia; sean estos trabajadores del metro, de RENFE, pilotos de la línea aérea de bandera o controladores aéreos.
Saludos.
Uncadaverenmiblog:
Una vez comentado la forma de fijarse los salarios habría que comparar ésta con la forma en que se han fijado la de los controladores. El problema está en la falta de competencia de un sector monopolizado. Pero el último responsable es el propio Estado que ha permitido el monopolio. Ya sabes el dicho, "siembra vientos y recogerás tempestades".
En relación al derecho de huelga, yo iría incluso más allá. ¿Debería existir o sería necesario el derecho de huelga en un sistema completamente liberalizado y sometido a la competencia?
Hola Eetión,
Yo estoy de acuerdo en que en circunstancias en que las dos partes que fijan un precio son libres, el precio fijado por ellas es justo.
Ahora bien, no si de la fijación del precio a mayor satisfacción de la parte A depende la subsistencia de la parte B. Es decir, si depende de la parte A que B obtenga recursos básicos para sus supervivencia es falso que B fije libremente un precio en relación con A, ya que B se encuentra en situación de dominación.
En estos casos que el precio o salario haya sido pactado sin coacción no lo hace justo.
'Libertad' es un concepto normativo, no descriptivo. Ni tu mismo te refieres sólo a 'libre albedrío' como mero ejercicio de una facultad psicológica. Seguramente añades algunos requisitos, como ausencia de coacción, por ejemplo. Al añadirlos empleas una concepción normativa de libertad para definir un pacto justo.
Y esto ya no es economía, sino filosofía moral. Y creo que el concepto de libertad que empleas es muy pobre y es falso que garantice la justicia de los pactos. Sí lo garantiza, en cambio, un concepto de libertad como ausencia de dominación.
Es por ello que es de justicia que:
a) Haya una prestación social básica, ya sea en forma de renta básica o salario mínimo que haga que un ciudadano no dependa de la voluntad de otro para obtener recursos básicos.
b) Los asalariados puedan asociarse para negociar colectivamente con los empleadores, obteniendo un poder negocial mayor que el que cada uno obtendría por separado.
Finalmente, no veo por qué el ordenamiento jurídico no debería garantizar el derecho de huelga en un mercado libre. Seguramente porque, de nuevo, el concepto de libertad que aplicas al mercado es pre-económico: es una opción política. Es una concepción muy pobre de lo que es una acción libre. Podemos decir que un mercado de competencia perfecta es el que consigue una más eficiente distribución de recursos económicos. Pero ese mercado no es libre en absoluto, porque la mayoría de agentes económicos que intervendrían en él no lo serían. Estarían dominados.
Hola, Eze:
Si por dominación entiendes la coacción que ejerce sobre una persona la escasez de recursos, muchos no serían libres. Mi concepto de libertad es más amplio y consiste en ser capaz a través de la razón y la voluntad de elegir aquel camino que me haga llegar a mi fin último.
Por otra parte, considero a la propiedad privada como un derecho natural secundario pero necesario para lograr ese derecho natural primario que es destino universal de los bienes. Sin embargo, imponer (esta vez sí de forma coactiva) la obligación de una prestación social básica, yendo en contra del derecho a la propiedad privada, llevaría a la larga al no cumplimiento de ese derecho natural primario. Sin embargo, existen casos, cuando la propia existencia de un ser humano se ve amenazada por la escasez de recursos, donde sería lícito tomar bienes que no le pertenecen al ser un caso de extrema necesidad. Pero deben darse al menos dos circunstancias: que no se exponga a quien se le quita ese bien a la misma necesidad extrema y además existirá la obligación de restitución. Es un caso excepcional y que muchas veces puede ser resuelto de otra forma al acudir a la caridad privada donde se satisface esa necesidad y no se violenta la propiedad privada. Y además hay que evaluar mucho si la necesidad es extrema, pues en caso contrario estaríamos cometiendo una ilicitud moral.
Lo de no garantizar el derecho a la huelga en un mercado libre (que no de competencia perfecta) supongo que es discutible. Pero entiendo que si partes de tu definición de libertad como ausencia de coacción (donde incluyes la escasez como coacción) niegues que este mercado pueda resolver esas situaciones de salarios tan bajos que no consigan dar lo suficiente para la subsistencia de una persona. Partiendo de mi definición de libertad y de mi concepto de propiedad privada, yo sí entiendo que posiblemente no debería existir ese derecho a la huelga, pues de existir supondría el no cumplimiento de un pacto entre las partes. Cualquiera sería libre de conseguir un trabajo mejor y en caso contrario siempre existiría el recurso a la caridad privada. Por supuesto, este planteamiento es un simple esbozo y habría que profundizar mucho más en él.
Hola Eetión,
En primer lugar, yo estoy discutiendo un concepto político de libertad. Es decir, no me hago la pregunta metafísica acerca de la libertad, sino la pregunta política. En otros términos: no pretendo discutir en qué consiste el libre albedrío, sino en qué consiste la libertad del ciudadano como miembro de una comunidad política. Esto no quiere decir que las preguntas no estén relacionadas: puede que una persona sólo pueda ser políticamente libre si posee libre albedrío, aunque ello no sea condición suficiente.
Dicho esto, perdón por explicarme mal. No quería decir que la mera ausencia de los recursos con que satisfacer las necesidades humanas básicas haga a quien las padece ilibre políticamente. La libertad política señala una relación de unos ciudadanos con otros: se es libre o no respecto de otros.
Quería decir que para que una persona sea libre es necesario que no dependa de la buena voluntad de otro ciudadano para poder satisfacer sus necesidades básicas. Dependerá de dicha buena voluntad si existe otro ciudadano que pueda fácilmente negarle acceso a tales recursos. Ejemplo de ciudadano ilibre: aquel que sólo puede satisfacer sus necesidades básicas acudiendo a la caridad privada. Depende completamente de la voluntad de quienes ejercen tal caridad impedir o no a ese ciduadano de acceso a sus recursos. En la medida que esto ocurre el ciudadano es ilibre, esto es, se halla bajo dominación.
Hay otras situaciones que generan dominación (ilibertad política). Por ejemplo, depender de la buena voluntad de otro para no ser privado de libertad, para perder la vida, para ser expropiado de lo que le pertenece, etc.
En segundo lugar, creo que no existe derecho de propiedad más allá del que sea compatible con las exigencias de la justicia. La justicia exige una igual libertad política para todos, es decir, que ningún ciudadano se halle en situación de dominación por parte de otro. Y ello exige, al menos, que para sobrevivir ningún ciudadano dependa de la buena voluntad de otro.
Para ello los ciudadanos crean barreras institucionales, como una prestación social básica financiada mediante tributos.
¿No es cierto que no consideramos que sea injusto, contrario al derecho de propiedad, la tributación para financiar la administración de justicia y las fuerzas de orden público? Por la misma razón no es injusto tributar para financiar una prestación social básica: son medidas necesarias para asegurar que ningún ciudadano se halla en situación de dominación, es decir, que todos los ciudadanos gocen de libertad política. ¿Que eso supone una intervanción en el mercado tal que lo hace más ineficiente? No importa: la justicia es más importante que la eficiencia (salvo cuando la ineficiencia del mercado impidiera la libertad política, pero creo que esta no es la situación en que nos encontraríamos).
No basta con eso, claro. Sintéticamente, lo que elimina la dominación es una democracia constitucional con separación de poderes fuertemente vigilada por la ciudadanía y una democracia social.
Un abrazo,
Eze
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