El próximo lunes 5 de julio entra en vigor la nueva Ley del aborto. A través de Elentir me he enterado de la existencia de este video y de la campaña de Hazteoir.org:
El próximo lunes 5 de julio, este blog también lucirá la bandera de España con un lazo negro. Triste sociedad la que no defiende a sus hijos. Así, la mencionada ley nos dice en su artículo 3, apartado 1 (el subrayado es mío):
“En el ejercicio de sus derechos de libertad, intimidad y autonomía personal, todas las personas tienen derecho a adoptar libremente decisiones que afectan a su vida sexual y reproductiva sin más límites que los derivados del respeto a los derechos de las demás personas y al orden público garantizado por la Constitución y las Leyes.”
De lo anterior se puede deducir que el nasciturus no es una persona a la que deba respetársele sus derechos, entre ellos el más importante de todos, el derecho a la vida. Pero lo anterior no es nada nuevo. Nuestra Constitución, en su artículo 15 afirma (el subrayado es mío):
“Todos tienen derecho a la vida y a la integridad física y moral, sin que, en ningún caso, puedan ser sometidos a tortura ni a penas o tratos inhumanos o degradantes. Queda abolida la pena de muerte, salvo lo que puedan disponer las Leyes penales militares para tiempos de guerra.”
Y frente a este texto, el Tribunal Constitucional, en su sentencia de abril de 1985 indicaba lo siguiente (el subrayado es mío):
“En definitiva, los argumentos aducidos por los recurrentes no pueden estimarse para fundamentar la tesis de que al nasciturus le corresponda también la titularidad del derecho a la vida, pero, en todo caso, y ello es lo decisivo para la cuestión objeto del presente recurso, debemos afirmar que la vida del nasciturus, de acuerdo con lo argumentado en los fundamentos jurídicos anteriores de esta sentencia, es un bien jurídico constitucionalmente protegido por el art. 15 de nuestra norma fundamental.”
Curioso razonamiento. ¿Hasta cuando?
Enlace relacionado:
Crespones negros en toda España por la nueva ley del aborto – Hazteoir.org
“En el ejercicio de sus derechos de libertad, intimidad y autonomía personal, todas las personas tienen derecho a adoptar libremente decisiones que afectan a su vida sexual y reproductiva sin más límites que los derivados del respeto a los derechos de las demás personas y al orden público garantizado por la Constitución y las Leyes.”
De lo anterior se puede deducir que el nasciturus no es una persona a la que deba respetársele sus derechos, entre ellos el más importante de todos, el derecho a la vida. Pero lo anterior no es nada nuevo. Nuestra Constitución, en su artículo 15 afirma (el subrayado es mío):
“Todos tienen derecho a la vida y a la integridad física y moral, sin que, en ningún caso, puedan ser sometidos a tortura ni a penas o tratos inhumanos o degradantes. Queda abolida la pena de muerte, salvo lo que puedan disponer las Leyes penales militares para tiempos de guerra.”
Y frente a este texto, el Tribunal Constitucional, en su sentencia de abril de 1985 indicaba lo siguiente (el subrayado es mío):
“En definitiva, los argumentos aducidos por los recurrentes no pueden estimarse para fundamentar la tesis de que al nasciturus le corresponda también la titularidad del derecho a la vida, pero, en todo caso, y ello es lo decisivo para la cuestión objeto del presente recurso, debemos afirmar que la vida del nasciturus, de acuerdo con lo argumentado en los fundamentos jurídicos anteriores de esta sentencia, es un bien jurídico constitucionalmente protegido por el art. 15 de nuestra norma fundamental.”
Curioso razonamiento. ¿Hasta cuando?
Enlace relacionado:
Crespones negros en toda España por la nueva ley del aborto – Hazteoir.org
4 comentarios:
Hola Eetión,
No deseo comentar aquí mi posición filosófica y ética acerca de, respectivamente, el nasciturus y el aborto. Creo que la conoces más o menos y no es lo que me lleva hoy a escribir aquí.
Lo que me lleva a escribir en tu blog es la certeza de que aquí puedo expresarme sin temor a censura arbitraria, esto es, injustificada. Así, querría explicar algo acerca de Hazteoír.
En su página web aparecen dos noticias. La primera afirma que 6.000 personas se manifestaron hoy ante la sede del TC (horas antes afirmaba que 5.000). La segunda exponía como objetivo prioritario de esta manifestación la exigencia de que el tribunal decretara la suspensión cautelar de la nueva Ley del aborto.
Me indignó lo que leí. En el caso de la primera noticia, lo extraño de la cifra de asistentes. HO se ha ganado últimamente la fama de engordar con mucho la asistencia a sus actos. Comprobé la noticia en otros medios, tanto afines como no. El Plural sostenía que habían sido 1.000 los asistentes; La Gaceta, 15.000; Libertad Digital, entre 500 y 600. En mi comentario me limitaba a señalar este baile de cifras. A las pocas horas, mi comentario había desaparecido.
En el caso de mi segunda notica mi indignación trajo causa del engaño al que creo que HO ha sometido a quienes creen en ellos. Pues les lleva a manifestarse por un objetivo que saben que no pueden alcanzar. Me explico: el TC sólo puede suspender cautelarmente leyes recurridas ante él que provengan de Parlamentos autonómicos, y sólo si lo pide el Gobierno de la Nación (Art.130).
No puedo creerme que los servicios jurídicos de HO desconozcan este punto (los del PP, que han pedido lo mismo, tampoco, pero ellos son un partido político). Luego me inclino a pensar que lo saben y lo ocultan a su gente. He ahí, Eetión la causa de mi indignación.
Este comentario fue también borrado.
Admiro muchas cosas de HO. En primer lugar, el espíritu cívico activo de que hace gala. En segundo lugar, algunas de sus reivindicaciones, como el fin de la imposición lingüística, la ayuda a las familias y a las embarazadas, las listas abiertas, etc.
Me precupan muchas otras. Algo de ello se vio en relación con la rapidez que cambiaron sus objetivos para la manifestación de marzo: de la noche a la mañana, sin consultar a las bases, se tomó la decisión tremenda de suprimir la exigencia de referéndum. Muchos grupos provida expresaron su temor a que HO padeciera un déficit de democracia en la toma de decisiones. Otros muchos temen su deriva como isntrumento de actuación política de terceras personas (PP).
En fin, me permito instrumentalizar tu blog como foro de denuncia ante HO por la censura que me han impuesto.
Perdona si esto te importuna y no lo públiques si te es gravoso.
Un abrazo,
Eze
"En el ejercicio de sus derechos de libertad, intimidad y autonomía personal, todas las personas tienen derecho a adoptar libremente decisiones que afectan a su vida sexual y reproductiva sin más límites que los derivados del respeto a los derechos de las demás personas y al orden público garantizado por la Constitución y las Leyes".
Son tantos los dislates discursivos de esta oración (me quedo en este nivel, en el discursivo) que da la sensación de que la ha redactado algún oligofrénico agudo, o algún resentido en cuyos "tuétanos arde continua la venganza". Sólo un sentimiento como ese, o un resentimiento feroz contra el mundo y no sé qué otras entelequias intangibles más, es capaz de dar a luz este aborto de frase.
1. Las decisiones sobre la vida sexual o reproductiva se toman en un instante anterior al de la concepción o la fecundación. Intermedian, además, los métodos profilácticos y la píldora de las 72 horas después, antes de ser posible la aplicación de esta ley.
2. Gracias a Dios que las personas no surgen igual que en "Amanece, que no es poco" de F. Trueba (o sea, pim, pam y ya están fuera), si no, esta ley no tendría justificación filosófica de ninguna clase.
3. Como existe la posibilidad de que el embarazo en seres humanos produzca tanto humanos como cornejos, perdices, delfines, urogallos, toros y otras bestias de la naturaleza, lo más seguro es no considerar persona al nasciturus.
4. El resto, ya lo expresa usted fabulosamente en esta entrada.
Un saludo
Estimado Eze:
Siento lo que te ha pasado con Hazteoir. Realmente desconozco el día a día de la organización aunque considero que realizan una buena labor.
A pesar de tener en ocasiones opiniones divergentes en algunos asuntos importantes (en otros coincidimos) sabes que tienes abiertas las puertas de este blog. Espero que tu comentario sirva para deshacer malentendidos.
Un abrazo.
Movimiento 31:
Supongo que el nivel intelectual de muchos de nuestros parlamentarios ha bajado tanto que la consecuencia es la realización de frases como la que comenta.
Por cierto, gracias por el punto 4 :-)
Un cordial saludo.
Hola Eetión,
Gracias por publicar mi comentario. Pasado el ruido de estos días, ya queda claro qué era jurídicamente posible y qué no.
Un abrazo,
Eze
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